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| Más de 61.000 mujeres llegaron a Europa a través del Mediterráneo. CEAR | 
Y es que hoy las diferentes normas 
penales y administrativas lo mismo se aplican a vecinos y vecinas del 
valle del Roya, situado en la frontera francoitaliana, que a 
estudiantes, personas jubiladas, agricultores, bomberos o a misiones de salvamento marítimo. Se extienden tanto a acciones de ayuda humanitaria y sensibilización con ONG como Proactiva Open Arms, Salvamento Marítimo Humanitario o Proem-Aid, como a personas concretas como la activista española Helena Maleno, el sacerdote eritreo Mussie Zerai o el agricultor francés Cédric Herrou.
Ya dice el Relator de la ONU en el 
informe mencionado que “el simple acto de ofrecer té y galletas a un 
inmigrante irregular ha sido motivo de enjuiciamiento penal”, y que 
varios países han ordenado el cierre de comedores sociales, el embargo 
de embarcaciones de rescate y la demolición de centros de alojamiento 
temporal. Medidas que van acompañadas de profundas reformas de los 
marcos normativos, que conllevan la criminalización de las 
organizaciones que trabajan en favor de las personas migrantes. El 
aplastante triunfo de Orbán en Hungría va a dar paso a la aprobación de una durísima ley en este sentido.
La directiva 2002/90 del Consejo de la 
Unión Europea, destinada a definir la ayuda a la entrada, a la 
circulación y a la estancia irregular, precisa que los Estados miembros 
deberán sancionar a cualquier persona que ayude a entrar o transitar 
dentro de la UE a personas no nacionales de un Estado miembro. Y queda a
 criterio de los Estados no penalizar a quienes actúen por motivos 
humanitarios. Todo ello está provocando, por un lado, un desorden 
normativo que genera una falta de seguridad jurídica según cuál sea el 
Estado en que se ayude a personas migrantes y refugiadas; por otro, que 
los Estados no apliquen la cláusula humanitaria y, por tanto, que 
continúe la criminalización en territorio comunitario. ¿Por qué las 
instituciones europeas no regulan, de manera expresa y precisa, que la 
ayuda humanitaria y solidaria de quienes apoyen a las personas 
refugiadas y migrantes no puede sancionarse en ningún caso y en ningún 
país de la UE?
Estos hechos no son ajenos al contexto 
específico en que se desarrollan las políticas migratorias, tanto de la 
UE como de países como Italia. El Tribunal Permanente de los Pueblos 
(TPP), en su sesión del 18-20 de diciembre de 2017 realizada en Palermo,
 ha reseñado una serie de sucesos de máxima transcendencia para 
comprender toda la complejidad que envuelve la criminalización de la 
solidaridad. Sin ir más lejos, en relación al el procesamiento de los 
“buques humanitarios” que actúan en las costas del Mediterráneo.
Los Estados miembros están promoviendo 
políticas de externalización de fronteras con el apoyo político y 
económico de la Unión Europea. Son políticas dirigidas contra la 
migración y realizadas a través de acuerdos con países de origen y de 
tránsito de las personas migrantes. Tal y como describe el TPP, estos 
convenios son regímenes para-jurídicos, con modalidades tales como 
agendas, asociaciones, declaraciones, intercambios de notas, memorandos,
 etc.; todos caracterizados por la opacidad, la informalidad, el secreto
 y la arbitrariedad, lo que les permite escapar a cualquier forma de 
control democrático. Además, las políticas de externalización 
interpretan de manera muy discrecional la obligación de socorro y 
fomentan la criminalización de las organizaciones de rescate en el mar o
 de quienes practican asistencia y solidaridad hacia las personas 
migrantes y refugiadas.
En el caso de Italia, comienzan con el 
proceso de Karthoum (2004) y finalizan con los acuerdos bilaterales con 
países como Egipto (2007), Nigeria (2011), Sudán (2016), Libia (2017) o 
Niger (2017). El TPP destaca dos de los casos mencionados.
El primero, el memorándum de entendimiento entre Italia y Sudán firmado en agosto de 2016, que no es ajeno al  hecho
 de que el presidente Bashir haya sido condenado dos veces por la Corte 
Penal Internacional por crímenes contra la humanidad. Este memorándum 
deja claro que no puede garantizar los derechos humanos, ya que la 
expulsión colectiva de Europa de los migrantes sudaneses y su exposición
 al riesgo de tratamiento inhumano y degradante es una prueba fehaciente
 de la contradicción de este acuerdo con el Derecho Internacional de los
 Derechos Humanos.
El segundo, el memorándum de 
entendimiento con el gobierno de reconciliación nacional del Estado de 
Libia. Este no ha tenido en cuenta la inestabilidad del país, cuyas 
autoridades no están en posición de garantizar la potestad 
jurisdiccional sobre las violaciones de derechos humanos cometidas 
contra los migrantes, ya que varios gobiernos supuestamente legítimos y 
tres grupos militares se autoproclaman como ejércitos legales. Por otra 
parte, la existencia de centros de detención y de tránsito —de hecho, 
enormes cárceles a cielo abierto—, junto a la manifiesta complicidad 
entre “las fuerzas de orden y de seguridad” y las organizaciones de 
traficantes de seres humanos, son hechos elocuentes de la creciente 
impunidad. No podemos olvidar que la guardia costera libia está formada 
por grupos armados apoyados por la UE.
El TPP ha certificado, además, la manera 
en que los testigos narraron numerosos casos de muertes, deportaciones, 
desapariciones de personas, encarcelamientos arbitrarios, torturas, 
violaciones, esclavitud y una sistemática persecución a los hombres y 
mujeres migrantes. Parece evidente que externalizar las fronteras a 
Sudán y a Libia implica devolver a miles de personas, cuyos derechos 
humanos son vulnerados sistemáticamente, al lugar del que huyen. Se 
subordina la obligación que tienen los gobiernos europeos y las 
instituciones comunitarias de socorrer y acoger a las personas que se 
encuentran a la deriva en el Mediterráneo, por acuerdos que priorizan la
 seguridad y la externalización de fronteras. Lo que acarrea, a su vez, 
perseguir y criminalizar a las organizaciones y barcos que protegen a 
quienes escapan de biografías del horror. Así se va consolidando una 
verdadera asimetría jurídica, que sitúa los acuerdos de externalización 
de fronteras por encima de las convenciones internacionales de derechos 
humanos y afianza “las devoluciones en caliente”.
Igualmente, el Tribunal Permanente de los
 Pueblos constata que la decisión de las instituciones ejecutivas de la 
UE y de la Agencia Frontex de suspender la operación de socorro Mare 
Nostrum y la activación de la operación de vigilancia Tritón ha 
provocado el retroceso de la línea de patrullaje y rescate en defensa de
 los límites de las aguas territoriales italianas. Esto supone el 
incremento del número de muertes en el mar, y al mismo tiempo ha 
comprometido el trabajo de las ONG de salvamento al quedar condicionadas
 por la obligación de devolución a la guardia costera libia. 
En febrero de 2018 Frontex ha puesto en 
marcha la denominada operación Themis, que ya no obliga a trasladar a 
las personas refugiadas y migrantes rescatadas en el mar Mediterráneo a 
Italia. Eso implica, de facto, desplazar a Libia la 
responsabilidad de salvar a los migrantes en el mar. En este sentido, el
 director de Proactiva Open Arms, Óscar Camps,
 ha manifestado que en el puerto de Trípoli se encuentra amarrado el 
buque Capri de la marina de guerra italiana, desde donde se coordinan 
los guardacostas libios. Libia se convierte pues en el eje sobre el que 
bascula la defensa de las personas refugiadas y migrantes, toda una 
paradoja radicalmente opuesta a la filosofía de los derechos humanos. 
Por si fuera poco, todo ello viene 
acompañado de procesos judiciales contra las ONG que operan en las aguas
 del Mediterráneo central y de campañas difamatorias en connivencia con 
el gobierno italiano. Este último, además, ha tomado otras iniciativas 
dirigidas a disuadir su presencia, como el “código de conducta”, la 
acusación de complicidad con los traficantes y la extensión de dudas 
sobre su financiación. Está muy claro que no quiere “testigos 
humanitarios y solidarios” que cuestionen con su mera presencia la 
crueldad de las políticas migratorias. El TPP ha escuchado acusaciones 
detalladas del comportamiento de la guardia costera libia, recogidas 
durante la declaración de los representantes de la organización alemana 
Sea Watch, Sos Mediterranée y Proactiva Open Arms, y ha valorado que la 
responsabilidad debe extenderse al gobierno italiano y a las agencias 
europeas. 
En realidad, los gobiernos europeos y las
 instituciones comunitarias no solo están eliminando y suspendiendo 
derechos, también están reconfigurando quiénes son sujetos de derecho y 
quienes quedan fuera de la categoría de seres humanos. Y eso provoca una
 nueva etapa en la desregulación del sistema internacional de los 
derechos humanos. Todo ello tiene una profunda conexión con esa lógica 
colonial y racista que promueve diferentes derechos para diferentes 
categorías de personas. Como afirma Camps, “el Sáhara y el Mediterráneo 
son las auténticas cámaras de gas del siglo XXI”.
No obstante, conviene recordar que las 
normas internacionales de derechos humanos no avalan bajo ningún 
concepto que organizaciones de la sociedad civil sean procesadas por 
prestar ayuda a personas refugiadas y migrantes a lo largo del 
continente europeo. Si la equidad es un valor vinculado a las políticas 
públicas, la solidaridad se une directamente con los núcleos esenciales 
de los derechos humanos, y las personas y organizaciones sociales tienen
 todo el derecho y el deber de ponerla en práctica, ya que es una 
exigencia ética ineludible. Es más, prestar ayuda a quien la necesita, 
más allá de su situación administrativa, está perfectamente adecuado a 
la filosofía del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Así lo 
reflejan las convenciones internacionales sobre refugiados, la 
Declaración sobre los defensores de los derechos humanos en conexión con
 la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto 
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Convenio Europeo de 
Derechos Humanos y el Derecho del Mar, junto a los diferentes informes 
presentados por el Relator Especial de la ONU sobre la situación de los 
defensores de los derechos humanos.
Por eso, ayudar a los personas a cruzar 
el Mediterráneo en la actual situación de reiterado incumplimiento 
institucional y ausencia de políticas a favor de los derechos humanos es
 perfectamente legítimo, más allá de la legalidad comunitaria y nacional
 que prioriza las repatriaciones y “las devoluciones en caliente”. De 
ninguna manera la ayuda humanitaria y la solidaridad entre seres humanos
 puede ser ilegal. Como dijo la líder del movimiento sufragista Emmeline
 Pankhurst en 1908 al jurado que la estaba juzgando, “estamos aquí no 
por quebrantar las leyes, sino por nuestros esfuerzos por crear nuevas 
leyes”.

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