La reforma del PP obligó a archivar la causa del ataque a la Flotilla de la Libertad, pero el juez De la Matta ofreció la posibilidad de recurrir al TPI
Los querellantes recurrieron a las autoridades palestinas después de que el Gobierno español no reaccionara al planteamiento del juez
En el centro, el primer ministro israelí, Benjamin Netanyahu |
Las autoridades palestinas estrenaron el pasado jueves su incorporación
al Tribunal Penal Internacional con la presentación de un informe sobre
los crímenes cometidos de guerra y contra la humanidad cometidos por
Israel en Gaza, Cisjordania y Jerusalén Este desde el 13 de junio de
2014.
Según ha podido saber eldiario.es de fuentes palestinas,
entre esa documentación se encuentra el auto de sobreseimiento de la
investigación que se llevó a cabo en el Juzgado Central de Instrucción
número 5 de la Audiencia Nacional en tiempos de Pablo Ruz. El motivo es
que la resolución de archivo del sucesor de Ruz, José de la Mata, abría
la posibilidad a que la Corte Penal Internacional investigara unos
hechos que para los querellantes y para el Consejo de Derechos Humanos
de Naciones Unidas constituyen delitos de lesa humanidad, de acuerdo al
IV Convenio de Ginebra.
Como en otros casos de
justicia universal abiertos en la Audiencia Nacional, la reforma legal
aprobada con la mayoría absoluta del Partido Popular, ha obligado a
decretar el archivo de la investigación del ataque a la Flotilla de la Libertad,
por más que los tres denunciantes fueran españoles que viajaban con
ayuda humanitaria rumbo a Gaza cuando se produjo el ataque del Ejército
israelí.
A pesar de ello, el magistrado expuso en su
auto todas las posibilidades que aún deja la reforma para que los
presuntos responsables respondan finalmente ante la Justicia. Así,
ordenó a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que le informen
de inmediato si detectan la presencia en España de alguno de los seis
querellados: Benjamin Netanyahu, Ehud Barak, Avigdor Lieberman, Moshe
Ya’alon, Dli Yishai, Benny Gegin y Eliezer ‘Chiney’ Marom.
Con el primer ministro al frente, se trata de las seis autoridades
políticas y militares que, según la querella que dio origen a la
investigación de la Audiencia Nacional, “se reunieron días antes para
concretar la operación” de asalto a las embarcaciones de activistas.
Como explicaba el magistrado, la presencia en España de alguno de ellos
supondría “condición de conexión establecida legalmente” para actuar,
al menos hasta que se produzca el archivo definitivo de la causa, según
la doctrina del Tribunal Supremo con motivo de los crímenes cometidos en
el Tíbet por las autoridades chinas.
De la Mata
también ordenó remitir las actuaciones al Ministerio de Justicia “a fin
de que, si lo estima conveniente, pueda evaluar la conveniencia de
iniciar el mecanismo” recogido en la Ley de Cooperación con el Tribunal
Penal Internacional. El Gobierno español no ha reaccionado y, como
quiera que el juez también daba esta oportunidad da los querellantes,
estos han entregado las actuaciones al Gobierno palestino, que las ha
incorporado a su informe para la Fiscalía del Tribunal de La Haya.
La Fiscalía de la Corte Penal Internacional abrió diligencias previas,
de oficio, el pasado 16 de enero. Antes de que decida si formaliza un
proceso penal, el Gobierno palestino ha aportado a la Fiscalía la citada
documentación, entre ella la procedente de la Audiencia Nacional
española.
Entre esa documentación también hay
estadísticas sobre los asentamientos, prisioneros y todos los datos
sobre los ataques a Gaza en 2014. El informe detalla que ninguno de los
presuntos autores de esa política de acoso y crímenes de guerra ha
respondido por ello o está siendo investigado. La documentación ha sido
preperada por el Alto Comité Nacional , en el que se incluyen miembros
de la Comisión Ejecutiva de la OLP, ministros y alto personal
adminsitrativo, así como representantes de los partidos políticos, las
fuerzas de seguridad y las asociaciones profesionales.
A las 4:15 de la madrugada del 31 de mayo de 2010, y mientras la
Flotilla de la Libertad todavía se encontraba a 70 millas náuticas de la
costa de Gaza –Israel considera suyas las primeras 20 y el derecho
internacional señala 12-, soldados israelíes desplazados en dos barcos
de guerra y helicópteros, abordaron las 6 embarcaciones de los
activistas procedentes de todo el mundo que pretendían romper el bloqueo
al que las autoridades israelíes sometían a la población palestina.
La Audiencia Nacional tipificó los hechos como como delito de lesa
humanidad, detención ilegal, deportación y tortura y delito contra las
personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, resumidos en
crímenes de guerra. Según señala De la Mata en su auto, esa calificación
es acorde con la realizada por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU
en su informe.
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