Una mujer lleva una pancarta en la que se lee “Investigar” y una foto de su padre, víctima del franquismo, durante una manifestación en Madrid en 2013 © AP / Andres Kudacki
Este miércoles se ha aprobado en el Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley del Estatuto de la Víctima de Delito.
Amnistía Internacional denuncia que, aunque suponía una oportunidad
para proteger los derechos de las víctimas de violaciones de derechos
humanos, el texto olvida dos categorías de víctimas: las del
franquismo y la Guerra Civil y las de tortura y malos tratos cometidos
por agentes estatales. Asimismo, el Proyecto no protege
suficientemente a las víctimas menores de edad ni a las víctimas de
violencia sexual o trata de personas. Aunque reconoce el derecho de ser
aplicable a personas independientemente de su nacionalidad o su
residencia legal, esto puede quedar sin efectos mientras no se modifique
la Ley de Extranjería o el Real Decreto-ley sobre salud, que
discriminan a las personas inmigrantes en situación administrativa
irregular en el acceso a la denuncia y a la asistencia sanitaria.
Además, el Proyecto no hace referencia al derecho a la reparación como una esfera central de responsabilidad del Estado.
Amnistía Internacional cuestiona además la celeridad con la que se ha aprobado, así como la falta de un debate informado más amplio.
La organización, que ha trasladado sus preocupaciones a los grupos
parlamentarios, considera que se debería haber escuchado a todas las
categorías de víctimas, algo que no se ha tenido en cuenta.
“Con este Proyecto de Ley se consolida la condición de olvidadas de las víctimas del franquismo y la Guerra Civil”, ha declarado Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional. A pesar de las recomendaciones de organismos internacionales, como el Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia y la reparación de incluir todas las categorías de víctimas, el Proyecto de Ley tampoco tiene en cuenta la especificidad de los abusos cometidos por las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y las dificultades con las que se encuentran las víctimas de esos delitos durante el proceso penal.
Puede ser una oportunidad perdida
Tampoco las víctimas de violencia sexual y de trata de personas están protegidas de manera adecuada en el Proyecto de Ley. El texto no sólo no da respuesta a necesidades específicas de estas víctimas, como la protección y la especialización de los exámenes forenses, sino que además incluye disposiciones que parecen querer provocar un efecto disuasorio en la solicitud de ayudas. Es el caso del artículo 35 del texto, que hace referencia a la obligación de reembolso de las ayudas en caso de denuncia fraudulenta. Amnistía Internacional considera que, aunque se ha mejorado su redacción en los últimos meses de debate parlamentario, podría generar revictimización y un efecto disuasorio, especialmente en las víctimas de violencia de género.
La organización ha documentado numerosos casos de mujeres que sufren violencia de género que, a pesar de su veracidad, fueron archivados o culminaron en sentencias absolutorias. “Son casos que pueden responder a deficiencias en la formación judicial y a falta de diligencia en la investigación de los hechos. Las ayudas deberían ser independientes del procedimiento judicial”, ha asegurado Virginia Álvarez, responsable de Política Interior en Amnistía Internacional España. “Con este Proyecto de Ley se pierde la oportunidad para abordar las inconsistencias del marco normativo vigente”, ha añadido Virginia Álvarez.
Falta de reparación
A pesar de que el Estado sí ha asumido las recomendaciones internacionales sobre la reparación de víctimas del terrorismo en su legislación específica, no ha hecho lo mismo con las demás víctimas de violaciones de derechos humanos. Como consecuencia, el Proyecto de Ley del Estatuto de la Víctima no establece las suficientes garantías para asegurar la no repetición de las violaciones de derechos humanos, una indemnización adecuada, la rehabilitación de las víctimas y su reconocimiento, independientemente del tipo de delito del que lo sean.
Asimismo, y aunque el texto del Proyecto de Ley aborda la necesidad de evaluar anualmente la eficacia de las medidas para las víctimas, no lo hace de manera adecuada, tal y como indica la legislación comunitaria, ya que no incluye la producción y publicación de datos estadísticos desagregados.
Más información
Basándose en la necesidad de trasponer la Directiva 2012/29 europea, por la que se establecen normas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados aprobó este miércoles 17 de diciembre el texto del Proyecto de Ley del Estatuto de la Víctima en el Congreso de los Diputados. Sin embargo, Amnistía Internacional recuerda que las obligaciones internacionales del Estado español en este ámbito no comienzan ni terminan en la Directiva, que constituye una norma de “mínimos”. El texto con las enmiendas presentadas pasará al Senado en los próximos días.
Fuente: http://amnistiainternacional.periodismohumano.com/2014/12/19/espanael-proyecto-de-ley-del-estatuto-de-la-victima-no-reconoce-ni-ampara-a-todas-las-victimas-por-igual/
“Con este Proyecto de Ley se consolida la condición de olvidadas de las víctimas del franquismo y la Guerra Civil”, ha declarado Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional. A pesar de las recomendaciones de organismos internacionales, como el Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia y la reparación de incluir todas las categorías de víctimas, el Proyecto de Ley tampoco tiene en cuenta la especificidad de los abusos cometidos por las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y las dificultades con las que se encuentran las víctimas de esos delitos durante el proceso penal.
Puede ser una oportunidad perdida
Tampoco las víctimas de violencia sexual y de trata de personas están protegidas de manera adecuada en el Proyecto de Ley. El texto no sólo no da respuesta a necesidades específicas de estas víctimas, como la protección y la especialización de los exámenes forenses, sino que además incluye disposiciones que parecen querer provocar un efecto disuasorio en la solicitud de ayudas. Es el caso del artículo 35 del texto, que hace referencia a la obligación de reembolso de las ayudas en caso de denuncia fraudulenta. Amnistía Internacional considera que, aunque se ha mejorado su redacción en los últimos meses de debate parlamentario, podría generar revictimización y un efecto disuasorio, especialmente en las víctimas de violencia de género.
La organización ha documentado numerosos casos de mujeres que sufren violencia de género que, a pesar de su veracidad, fueron archivados o culminaron en sentencias absolutorias. “Son casos que pueden responder a deficiencias en la formación judicial y a falta de diligencia en la investigación de los hechos. Las ayudas deberían ser independientes del procedimiento judicial”, ha asegurado Virginia Álvarez, responsable de Política Interior en Amnistía Internacional España. “Con este Proyecto de Ley se pierde la oportunidad para abordar las inconsistencias del marco normativo vigente”, ha añadido Virginia Álvarez.
Falta de reparación
A pesar de que el Estado sí ha asumido las recomendaciones internacionales sobre la reparación de víctimas del terrorismo en su legislación específica, no ha hecho lo mismo con las demás víctimas de violaciones de derechos humanos. Como consecuencia, el Proyecto de Ley del Estatuto de la Víctima no establece las suficientes garantías para asegurar la no repetición de las violaciones de derechos humanos, una indemnización adecuada, la rehabilitación de las víctimas y su reconocimiento, independientemente del tipo de delito del que lo sean.
Asimismo, y aunque el texto del Proyecto de Ley aborda la necesidad de evaluar anualmente la eficacia de las medidas para las víctimas, no lo hace de manera adecuada, tal y como indica la legislación comunitaria, ya que no incluye la producción y publicación de datos estadísticos desagregados.
Más información
Basándose en la necesidad de trasponer la Directiva 2012/29 europea, por la que se establecen normas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados aprobó este miércoles 17 de diciembre el texto del Proyecto de Ley del Estatuto de la Víctima en el Congreso de los Diputados. Sin embargo, Amnistía Internacional recuerda que las obligaciones internacionales del Estado español en este ámbito no comienzan ni terminan en la Directiva, que constituye una norma de “mínimos”. El texto con las enmiendas presentadas pasará al Senado en los próximos días.
Fuente: http://amnistiainternacional.periodismohumano.com/2014/12/19/espanael-proyecto-de-ley-del-estatuto-de-la-victima-no-reconoce-ni-ampara-a-todas-las-victimas-por-igual/
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